Fué el còdigo francés de 1810, la primera ley que se ocupo del problema. Para entonces existìan las INCLUSAS, una en Florencia y otra en París, y en los hospitales se recibian por costumbre a los recién nacidos ó aún los más creciditos que, encontraban depositados por los alrededores, por lo que el delito se llamaba EXPOSICION DE INFANTES. Cuando los demás países comenzaron a adoptar el còdigo francés, a este delito llegaron a dividirlo en dos: 1) uno de exposición y2) de abandono, pero esto se subsanó porque la esencia del delito era el ABANDONO DE RECIEN NACIDOS.
En las leyes contemporáneas el delito de ABANDONO DE NIÑOS, se le agregado el de las personas incapaces de proveerse a si mismas, seguridad y salud, diremos igualmente, que estos hechos se incluyen en los delitos CONTRA LAS PERSONAS, porque se protege el interés social, ya que conviene tutelar a los incapaces de proveerse a si mismos, a la salud y a su guarda y custodia. En Venezuela, el legislador venezolano distingue tres espacios delictivos: 1) Abandono de niños y personas incapaces por enfermedad intelectual o corporal; 2 ) Abandono de recién nacidos por causa de honor y 3) Omisión de asistencia y socorro.
Se podría decir que, es uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS. El delito del ABANDONO puede ser:
1) Llevado a cabo con el fin de ocasionar la muerte del niño;
2) Llevado a cabo con el propòsito de librarse de los cuidados que demanda la criatura impotente, abandonada, o destruir los rastros de vinculación de la misma con una persona determinada, pudiendo originar la muerte o una lesión personal, en este caso habrá HOMICIDIO CULPOSO O LESIONES CULPOSAS o las llamadas HOMICIDIO O LESIONES PRETERINTENCIONALES;
3) Puede no haber respondido al propòsito de dar muerte, y èsta no se produce, el fin es eximirse de los cuidados debidos al impotente e indefenso abandonado;
4) Puede responder al fin del ser expuesto o abandonado de su nombre o de sus derechos patrimoniales que le otorga la circunstancia de pertenecer a una famiia determinada.
En pròxima entrega se explica la ACCION DEL DELITO. VICTORIA MORA PAOLI

